
En un divorcio hay que tomar una serie de decisiones y medidas y una de las más delicadas es la de la guarda y custodia, si la pareja ha tenido hijos durante sus años de matrimonio.
Por lo general uno de los dos progenitores se quedará con la guarda y la custodia, es decir, convivirá en el día a día con los hijos, lo que no significa que el otro no tenga derechos y responsabilidades.
En todos los divorcios, sean del tipo que sean, se establece el denominado régimen de visitas con el fin de que el progenitor no custodio pase tiempo con sus hijos siguiendo un determinado calendario.
Este calendario o periodos de tiempo lo decidirá la propia pareja en aquellos divorcios de mutuo acuerdo que son los más convenientes y favorables para la propia pareja y los hijos, pero en caso de que se trate de un divorcio contencioso este régimen lo dictará en juez en la sentencia de divorcio.
Sea el caso que sea este régimen de visitas deberá cumplirse se esté más o menos de acuerdo, de esta forma el progenitor que tenga la custodia deberá dejar a los hijos en las fechas indicadas y el otro encargarse de ellos y cuidarle cuando corresponda.
Si en un momento dado cambiara la situación personal o circunstancias de uno de los dos progenitores este régimen de visitas podría modificarse, siempre y cuando lo de por válido un juez.
Si está buscando un abogado profesional y cualificado con nosotros acertará, somos especialistas en divorcios y trabajamos desde nuestro despacho de Alicante para conseguir resultados satisfactorios.